Posibles penas de prisión para los promotores del 25-S

Los impulsores del 25-S podrían ir a la cárcel. Una decena de personas de las que fueron identificadas la pasada semana en una asamblea en el retiro, han recibido citaciones judiciales donde se les imputan delitos contra altos organismos de la nación, tipificados en el artículo 494 del Código Penal.
 
El artículo incluye “pena de prisión de seis meses a un año o multa de doce a veinticuatro meses los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otra clase de reuniones ante las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, cuando estén reunidos, alterando su normal funcionamiento”.
 
Al ser citados como imputados, deberán comparecer asistidos por un abogado. Si no lo hacen, se les designará un letrado del turno de oficio.
 
Los impulsores han reafirmado su apoyo a la desobediencia civil pacífica: “No hay ninguna intención de ‘ocupar el Congreso’, sino de rodearlo y andar alrededor. Se ha consensuado que no se impedirá el tránsito de los diputados ni se interrumpirá el funcionamiento interno del Congreso”, aseguraron. En un comunicado difundido este viernes por la coordinadora 25-S, convocante de la acción junto a la plataforma ¡En Pie!, sus integrantes insisten en que sólo llegarán hasta donde lo permita la barrera policial.

http://www.larepublica.es/2012/09/posibles-penas-de-prision-para-los-promotores-del-25-s/

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